Cómo actuar y qué tipos de incidencias ocurren en Formación Programada

Cómo actuar y qué tipos de incidencias ocurren en Formación Programada

Los empresarios y empresas que buscan formar a sus trabajadores a través de su crédito muchas veces terminan rechazando esta oportunidad. Las ventajas que presenta la formación programada se ven eclipsadas por los problemas que puede presentar posteriormente: las incidencias en cursos de formación programada.

En este artículo vamos a exponer las razones por las que, en muchas ocasiones, existen notificaciones ante posibles incidencias. Pero, lo más importante, el porqué las empresas no deberían temer a estas incidencias.

En la mayoría de las ocasiones estas incidencias se pueden alegar y subsanar presentando los documentos requeridos. Asimismo, la vía más rápida para solucionar estos problemas es la comunicación directa con el SEPE o con la entidad proveedora de formación.

¿Cómo saber si se han presentado incidencias en el curso de formación?

Una vez finalizada la formación programada, el SEPE mandará una notificación electrónica a la persona jurídica que se ha beneficiado de dicha formación. Esta notificación llegará a la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal, por lo que la empresa deberá estar debidamente registrada a través de un certificado digital.

Para que la comunicación llegue efectivamente a la empresa interesada, el SEPE envía una alerta al correo electrónico que se había comunicado en el momento del registro. Una vez se ha percatado de la notificación, en ella se pueden presentar las incidencias que la Administración haya detectado. Pero, ¿qué tipo de incidencias en cursos de formación programada se pueden presentar?

En el proceso y comunicación de la comprobación de resultados puede resultar “conforme” o “no conforme”. Cuando el resultado es no conforme, es que la cantidad bonificada no coincide con la comunicada a la fundación Tripartita. Las razones que se presentan por las que el resultado es no conforme, son las incidencias que pueden aparecer. A continuación se exponen algunas de las incidencias en cursos de formación programada.

Tipos de incidencias en cursos de Formación Bonificada

  • La bonificación aplicada según el TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) es superior al crédito asignado. También puede ocurrir que existan diferencias con la bonificación notificada al SEPE o se haya aplicado fuera del plazo. Es posible alegar presentando los documentos que justifiquen costes adicionales. Otra forma de solucionarlo es enviando el certificado del representante de la RLT en la que se detalla el importe y el cálculo del coste por grupo formativo.
  • Incumplimiento de la cofinanciación privada. En este artículo te explicamos de qué se trata la cofinanciación privada. También podrá presentarse la alegación presentando un documento que justifique dicha cofinanciación.
  • Incumplimiento del deber de información a la RLT. Esta incidencia presenta el incumplimiento de la obligación de la empresa de informar a la Representación Legal de los Trabajadores sobre la acción formativa. La alegación se realiza presentando la acreditación de haber informado a la RLT y con la debida antelación.
  • Participantes de la formación programada son anulados. Cuando el participante de la formación no está dado de alta en la Seguridad Social o es autónomo en el momento de inicio. En estos casos, los participantes serán anulados. Para poder alegar, hay que presentar el informe de vida laboral del trabajador. También serán anulados por otro tipo de incidencias como:
    • Multiparticipación. Un trabajador será anulado cuando recibe más de 8 horas de formación en un día.
    • Duplicidad. Cuando el trabajador consta en idéntica formación.
    • Los Permisos Individuales de Formación (PIF). Cuando no se cumpla con los requisitos del permiso, también podrá ser anulado.

¿Cómo actuar frente a las incidencias presentadas?

Como ya se ha explicado, la mayoría de las incidencias pueden ser alegadas presentando la correspondiente documentación. Pero, ¿qué vías existen para presentar estas alegaciones?
Cuando se recibe una incidencia por parte del SEPE, la empresa afectada puede responder pagando lo requerido o, en el caso de que lo considere, podrá alegar en un plazo de 10 días hábiles. Las vías para efectuar esta alegación serán:

  • A través de la web de FUNDAE. La alegación se puede realizar por esta vía telemáticamente, en el envío de solicitudes y documentos. También existe un modelo en el que se presentarán las razones de no conformidad.
  • Por correo certificado con acuse de recibo. En el caso de que así lo estime, la empresa podrá ponerse en contacto con la Administración competente a través de correo convencional y enviando la alegación a la dirección que se determina en la notificación electrónica.

¿Cuándo se ha solucionado la incidencia?

En el caso de haber trascurrido los 10 días hábiles desde la notificación del SEPE y la empresa no haya actuado de ninguna forma, se entenderá que la notificación ha sido rechazada. Entonces, no se podrá alegar y se pondrán en marcha las acciones para subsanar las incidencias.

También se considera que la incidencia se ha solucionado cuando se ha abonado la cuantía requerida en la incidencia. La empresa ha aceptado la incidencia como cierta y no pretende presentar alegaciones.

Pero si se presenta el escenario en el que se la empresa realiza la alegación y el SEPE no la acepta, este se pondrá en contacto con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Esta entidad pondrá en marcha las actas de liquidación o la sanción cuando proceda.

La confianza en el centro de formación

Para evitar estas situaciones de incertidumbre y los riesgos relacionados con las incidencias, es esencial mantener una relación de confianza entre la entidad de formación y la beneficiada. Por ello, la empresa que requiere la formación debe confirmar la calidad de la entidad. Además, debe asegurarse de que la empresa forma parte del registro estatal de entidades de formación.

El objetivo de INESEM es ofrecer una amplia variedad de cursos actualizados y de calidad, además de mantener una comunicación fluida con la empresa receptora de formación. Nos encargamos de los trámites administrativos y ofrecemos asesoramiento durante todo el proceso formativo.

En definitiva, olvídate de las posibles incidencias y benefíciate de las ventajas de la Formación Programada.

Por INESEM | 11 junio 2019 | Normativa Formación Programada | 1 Comentarios
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Comentarios recientes

Marisol – catalogo cyzone

26 junio, 2019, 1:33 am

Muy interesante, no tenía idea de los beneficios de la Formación Programada. Excelente artículo.