Documentación a presentar a la Representación Legal de Trabajadores

Documentación a presentar a la Representación Legal de Trabajadores

¿Conoces qué es la Formación Programada para las empresas? Para poder llevarla a cabo, como en cualquier proceso, se debe presentar una serie de documentación tanto por parte de la empresa, ya sea física o jurídica, como de los trabajadores.

Como ya sabemos estos últimos son el recurso más importante de toda organización, por lo que para su protección se creó la RLT o Representación Legal de los Trabajadores. Esta representación debe estar informada de toda actividad que repercute directa o indirectamente al trabajador. Por lo que como era de esperar, también debe estarlo del proceso de Formación Programada.

Por lo que si deseas formar a tus trabajadores por medio de la Formación Programada, deberías conocer el proceso de comunicación a la rlt formación bonificada. No olvides que esta comunicación es una parte obligatoria para la formación. ¡Comencemos!

¿Qué es la RLT o Representación Legal de los Trabajadores? 

La RLT, es un órgano de representación recogido en la Constitución por los Art. 129.2 y 4, 61 y siguientes del Estatuto de Trabajadores. Este órgano expone el derecho de los trabajadores a la participación en la empresa, y en él se hace efectiva la defensa de sus intereses.

¿De qué forma puede aparecer representada la RLT? 

Para que la comunicación a la rlt formación bonificada pueda ser efectiva, esta debe estar formada por alguna de las siguientes modalidades:

  • Delegados de Personal. Para empresas de entre 11 y 49 trabajadores. Además de empresas o centros que cuenten con entre 6 y 10 trabajadores, si lo decidieran estos por mayoría. Por lo que para hasta 30 trabajadores se contará con 1 Delegado de Persona y de 31 a 49 trabajadores se contará con 3.
  • Comité de Empresa. Para empresas o centros de trabajo con al menos 50 trabajadores.
  • Comité de Empresa Conjunto. Este representante aparece cuando existen varios centros de trabajo de una misma empresa, ubicados en la misma provincia o municipios cercanos. Por lo que de forma independiente no se agrupan 50 trabajadores, pero de forma conjunta sí.
  • Secciones Sindicales. Aquellos trabajadores que se encuentren afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito empresarial, construir una Sección Sindical que represente a los trabajadores afilidados.

¿Puede una empresa no estar representada por la RLT? 

Si necesitas llevar a cabo la comunicación a la rlt formación bonificada pero tu organización no cuenta con la Representación Legal de los Trabajadores, no te preocupes no estas cometiendo ningún delito.

Cuando una organización no cuente con este órgano de representación será necesaria la conformidad de los trabajadores afectados por las acciones formativas. Esta conformidad se entiende tácita, salvo que se manifieste lo contrario.

En el caso de disconformidad se aplicará el procedimiento previsto para estos casos entre la empresa y la Representación Legal de los Trabajadores.

Entonces… ¿Cuál es el proceso de comunicación a la rlt formación bonificada? 

Antes de empezar la formación se debe llevar a cabo la comunicación a la rlt formación bonificada. Una empresa no es más que un CIF (Código de Identificación Fiscal), por lo que si tu empresa se encuentra ubicada en más de un centro de trabajo, deberás informar a toda la empresa de la realización de cualquier acción formativa, aunque los trabajadores de uno de los centros de trabajo no se formen.

Para la comunicación a la rlt formación bonificada, la empresa tendrá que elaborar un plan de formación anual y facilitárselo a la Representación Legal de los Trabajadores de su organización. Tras la facilitación del plan es la propia rlt la encargada de informar a los trabajadores. Pero la empresa debe mantener constancia documental de que ha informado a la rlt.

Si la empresa informa a la rlt a través de correo electrónico es aconsejable que exista un acuerdo firmado donde la rlt admita que es el modo correcto de hacerlo.

Aspectos de los que debe informar a la RLT.

  • Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.
  • Colectivos destinatarios y número de participantes por acción formativa.
  • Calendario de Ejecución.
  • Medios Pedagógicos.
  • Criterios de selección de los participantes.
  • Lugar previsto para la impartición.
  • Balance de las acciones formativas del ejercicio precedente.

Queremos hacer especial hincapié en estos aspectos, ya que con que falte uno de ellos la bonificación será considerada improcedente. Y se considerará que la comunicación a la rlt formación bonificada no se ha realizado de forma oportuna.

¿Qué ocurre tras el proceso de comunicación a la rlt formación bonificada? 

Una vez que la empresa ha informado de manera precedente a la Representación Legal de los Trabajadores, esta tiene 15 días para emitir un informe favorable o no informar. En ambos casos, se podrá iniciar la formación.

Pero en el caso de que la RLT emita un informe desfavorable deben transcurrir otros 15 días para debatir las discrepancias. Si transcurrido ese plazo no se llega a un acuerdo en los 10 días siguientes se deberá remitir a FUNDAE, un acta de discrepancias donde figuren las posturas de cada una de las partes.

Será ahí donde lleve a cabo un proceso de mediación y se decida si puede realizarse la formación o no.

Si todo es favorable, puede comunicarse el inicio de la formación.

¡Nunca dejes de instruirte!

Ahora que ya conoces el proceso de comunicación a la rlt formación bonificada, y los requisitos y documentación necesaria para poder acceder a ella. ¿A qué esperas para formarte con uno de los centros mejor valorados?

En Inesem Formación Programada contamos con una gran variedad de acciones formativas pertenecientes a una gran gama de categorías. Porque como dijo Gustave Flaubert “La vida debe ser una continua educación”

 

Por INESEM | 29 marzo 2019 | Documentación Formación Programada | 1 Comentarios
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