Documentos y Requisitos para beneficiarse de la Formación Programada

Documentos y Requisitos para beneficiarse de la Formación Programada

La Formación Bonificada o Programada es una oportunidad muy atractiva tanto para empresas como empleados. Constituye una importante ventaja para obtener gratuitamente formación de calidad. Para ello se deben cumplimentar una serie de documentos que posteriormente se presentarán en la Administración Pública. De igual forma hay que cumplir con unos requisitos mínimos que le darán a la empresa el acceso al crédito anual con el que se financiará dicha Formación Bonificada.

El procedimiento para acceder a esta Formación lo conocen numerosas empresas que le dan uso para formar a sus empleados. Aun así, existen otras muchas que desconocen qué es la formación bonificada o programada y el procedimiento a seguir para beneficiarse de esta bonificación. Aquí detallaremos cuáles son los requisitos y documentación a presentar tanto por parte de la empresa como del empleado.

Pasos a seguir y documentación necesaria

En esta Escuela de Negocios, la Formación Programada  se realiza de forma online, es decir, es de modalidad telemática. Se van a enumerar los pasos que se deben seguir para subscribirse a este plan, junto con la documentación que habrá que presentar en cada momento:

  1. Conocer la cuantía del crédito anual que se asignará para bonificar la formación. La empresa deberá calcular la bonificación de la que dispone y buscar, entre el amplio catálogo de INESEM, la titulación que desea y se adecua a su actividad. La empresa o el empleado deberá seleccionar el curso y rellenar un sencillo cuestionario, comunicándolo así a la Escuela de Negocios.
  2. Completar una ficha de matriculación. En un plazo de 24 laborales un asesor académico se pondrá en contacto con el empleado o la empresa. En este sentido recogerá los datos necesarios para informarle si cumple con los requisitos para acceder o no. Si la respuesta es afirmativa se le pedirá la siguiente documentación:

– Ficha de matriculación cumplimentada con los datos personales de los empleados y el curso que se solicita (se la ofrecemos nosotros, solo para cumplimentarlo).

– Adhesión al Contrato de Encomienda de Organización de la Formación (ofrecido por INESEM), cumplimentado, firmado y sellado por el responsable de formación de la empresa.

– Cabecera de la última nómina del trabajador.

– Fotocopia del DNI del trabajador.

Una vez realizado este proceso, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) deberá autorizar la formación y la solicitud de “Autorización Administrativa para el inicio de la actividad formativa”. Cuando se hayan verificado los datos obtenidos en INESEM, se podrá comenzar la formación en un plazo máximo de 15 días, en los cuales se enviará el material necesario.

Requisitos que debe cumplir la empresa para beneficiarse de la Formación Programada

La empresa a la que se destina la bonificación, además de tener que cotizar a la Seguridad Social, deberá cumplir con una serie de requisitos.

Como ya hemos indicado, es primordial que todos los trabajadores coticen a la Seguridad Social en Régimen General. Cumpliendo esto, podrán acceder al crédito formativo, siempre y cuando se utilice en el mismo año. Esto quiere decir que el crédito no será acumulable ni recuperable. La bonificación se asignará el día 1 de enero y tendrá validez hasta el 31 de diciembre, por lo que el crédito que no se use, se perderá. La empresa puede disponer de suficiente crédito para acceder a la bonificación o solo una parte. Esto dependerá a su vez del número de trabajadores que haya en la empresa.

Además, la empresa debe ser de carácter privado y que su ámbito de actividad sea el territorio nacional, para poder cotizar a la Seguridad Social. La misma empresa debe autorizar la formación, por lo que si decide no beneficiarse del crédito, no se hará efectiva. Esto ocurre a pesar de que los trabajadores la soliciten, ya que la empresa es la destinataria del crédito para dicha Formación Programada.

Requisitos para los trabajadores que quieran estudiar por medio de la formación bonificada

Además de tener que cumplir con los requisitos de la empresa, los trabajadores también deben atenerse a una serie de condiciones para poder beneficiarse de la Formación Bonificada. 

El curso o master tiene que tener relación con el sector en el que trabaje el empleado.

Además, para que la titulación se haga efectiva y el curso se finalice correctamente, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • El alumno debe haber visualizado el 100% de los contenidos ofrecidos en el curso.
  • Completar al menos el 75% de las autoevaluaciones y exámenes.
  • Que la empresa no haya agotado el crédito en las formaciones de otros empleados y disponga del crédito suficiente para bonificar.
  • Conectarse a la plataforma al menos el 75% de las horas de la teleformación.

¿Puedo hacer cualquier tipo de formación o depende de mi especialidad?

Los empresarios pueden organizar los programas de formación programada como consideren ellos. Pueden ser para un grupo de trabajadores o de manera individualizada para profesionales concretos. Es decir, la empresa decide qué formación, cómo y cuándo la realiza.

Es necesario que la acción formativa que se vaya a realizar esté totalmente relacionada con el sector y la actividad que se realiza en la empresa. Por ejemplo, si tu empresa es una fábrica de patatas fritas, un Curso sobre Desarrollo y Gestión de Proyectos Culturales no sería el más adecuado para realizar. Un Master en Calidad y Seguridad Alimentaria sí sería una buena opción.

En Formación Programa Online, puedes encontrar una gran variedad de acciones formativas de calidad y que están en continua actualización.

Por INESEM | 3 enero 2019 | Documentación Formación Programada | 0 Comentarios
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