Cuota de formación profesional: ¿Sabías que puedes bonificar tu formación profesional?

Cuota de formación profesional: ¿Sabías que puedes bonificar tu formación profesional?

La Formación Profesional para el Empleo en España se financia mediante fondos procedentes de:

  • La cuota de formación profesional que aportan las empresas y los trabajadores a la Seguridad Social, conforme a lo establecido cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Las aportaciones específicas establecidas en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Los fondos propios que las comunidades autónomas destinen a ese fin.
  • La cofinanciación a través del Fondo Social Europeoo de otras ayudas e iniciativas europeas.
  • Las cotizaciones por formación profesional que pudieran establecerse a otros colectivos beneficiarios en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Cómo calcular la bonificación para la formación profesional

En las iniciativas denominadas “formación programada por las empresas” y “permisos individuales de formación”, las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que se hace efectivo mediante bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social que pagan las empresas.

El importe del crédito resulta de aplicar a la cuantía ingresada a la Seguridad Social por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Ese porcentaje se determina en función del tamaño de las empresas, de tal forma que cuanto menor sea el tamaño de la empresa mayor será dicho porcentaje.

Fórmula para calcular el crédito para bonificar formación profesional

calcular el crédito para bonificar formación profesional

El coste máximo bonificable dependerá del número de trabajadores de la empresa.   

Las empresas de hasta 5 trabajadores dispondrán de un crédito mínimo de 420 €. Esta cantidad, establecida por el gobierno, se ha fijado con el fin de garantizar el acceso a la formación a trabajadores de pequeñas empresas.

Las empresas que incorporen nuevos trabajadores, bien por abrir nuevos centros de trabajo o por nueva creación: 65 € por cada nuevo trabajador.

Es importante tener en cuenta que si la empresa tiene más de 5 trabajadores, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación a lo largo del año. Para el cálculo de esta aportación, se tendrán en cuenta los costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.

Por otro lado, las empresas que concedan permisos individuales de formación (PIF) a sus trabajadores dispondrán de un crédito adicional cuyos criterios para su importe se determinan mediante Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Si se trata de una empresa con menos de 50 trabajadores se puede acumular el crédito que no se consuma en el presente ejercicio para los dos siguientes.

En todo caso, la empresa deberá someter las acciones formativas a información de la representación legal de los trabajadores. El incumplimiento por parte de la empresa de esta obligación impedirá la adquisición y, en su caso, el mantenimiento del derecho a la bonificación.

Fundae dispone de una aplicación que calculará automáticamente a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), el crédito disponible para la empresa, simulador de cuota de formación profesional.

En el siguiente video conocerás cómo bonificar la formación: Video tutorial “La bonificación de 8 pasos”

 

Por INESEM | 2 junio 2021 | Qué es Formación Programada | 0 Comentarios
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