¿Qué se requiere para poder bonificar formaciones con la Seguridad Social?

¿Qué se requiere para poder bonificar formaciones con la Seguridad Social?

Para que los trabajadores de una empresa disfruten de una formación continua, que actualice sus conocimientos y les permita seguir desarrollando su labor con eficacia es importante conocer qué se requiere para poder bonificar formaciones.

Para asegurar la igualdad de oportunidades a los diferentes equipos de trabajo y mantener la calidad en el desarrollo de las empresas, la formación programada se bonifica con las cuotas de la Seguridad Social de los empleados, por lo que tiene coste cero para contratantes y contratados.

Qué requisitos debo cumplir si quiero ofrecer formación bonificada a mis empleados

Para optar a la formación programada, tanto las compañías como la plantilla deben cumplir una serie de puntos obligatorios.

Veamos las cláusulas de formación programada para empresas

Antes de nada, aclarar que la formación bonificada incluye a trabajadores por cuenta ajena, a fijos y discontinuos en periodo de no actividad, a los que están acogidos a expedientes de regulación de empleo en periodo de suspensión y a los trabajadores que cotizan en España pero estén ejerciendo su labor en otro país.

Todas las empresas tienen un crédito anual disponible para bonificar formaciones, por lo que es importante que cumplan los siguientes requisitos para poder bonificar formaciones por la Seguridad Social:

  • La empresa solicitante tiene que ser privada y desarrollar su actividad en el territorio nacional.
  • Tener a su plantilla en régimen general.
  • Garantizar a sus trabajadores la gratuidad de la formación.
  • No tener deudas con Haciendo ni la Seguridad Social.

Estas ayudas para la bonificación de formación variarán según el número de trabajadores. Por ejemplo, si tu empresa tiene entre 1 y 5 empleados obtendrás la bonificación mínima (420€); cuando hay de 6 a 9 contratados podrás tener hasta el 100% de la bonificación disponible según tu cantidad resultante; si el número de la plantilla oscila entre las 10 y 45 personas se cubrirá un 75%; las empresas que tiene entre 50 y 249 trabajadores se le cubrirá un 60%; y por último, si el equipo está formado por más de 250 puestos se considerará hasta el 50% de la bonificación. Aprende a calcular tu porcentaje de bonificación

Otro dato importante es que una vez concedido el crédito, se deberá utilizar ese mismo año, ya que no es acumulable ni recuperable.

Para cada tipo de empresa hay una opción acorde a sus posibilidades. Por eso, si estás pensado en actualizar a tu equipo humano no lo dudes y consulta nuestros cursos y masters bonificados. Tú solo tendrás que escoger el área más adecuada para enfocar el crecimiento del equipo, nosotros nos haremos cargo del asesoramiento y trámites administrativos.

Qué requisitos deben cumplir los trabajadores que quieran acceder a la formación bonificada

Generalmente, son las empresas quienes proponen actualizar o ampliar los conocimientos de su equipo, pero es verdaderamente interesante que sea el propio trabajador quien solicite la formación programada, ya que es quién mejor puede detectar sus carencias o posibilidades de crecimiento en su puesto de trabajo.

Como hemos señalado antes, cuando se decide comenzar un programa de estas características, no solo la empresa es responsable de su buen funcionamiento, también el usuario final debe cumplir los siguientes puntos:

  • El alumno tendrá que completar el total del curso concedido.
  • Deberá superar mínimo el 75% de las evaluaciones.
  • Estar conectado a la teleformación el 75% de las horas totales del curso.

Qué tipo de formación bonificada para empresas se puede cubrir con la Seguridad Social

Los cursos que la Seguridad Social cubrirá a las empresas que ofrezcan formación programada siempre tendrán que ser de dos horas mínimo y estar relacionados con la actividad o campo en el que se desarrolle la actividad.

En relación a la manera de impartir esta formación, la empresa se reserva la capacidad de decidir si se hará de forma individualizada o por grupos.
También existe la posibilidad de llevar a cabo la formación programada online, una modalidad con los mismos requisitos que la presencial pero que la presencial pero que tiene la ventaja de poder realizarse con mayor flexibilidad horaria, desde casa y siempre con el respaldo de un tutor.

Como ves, la formación programada es un sistema por el cuál se benefician tanto trabajadores como empresas y que permite mantener activa su evolución. En un mercado cada vez más competitivo, esto es de crucial importancia. 

¡Aprovechar esta oportunidad es la mejor decisión para no quedarnos atrás!

Por INESEM | 15 mayo 2020 | Normativa Formación Programada | 0 Comentarios
¡Comparte este artículo con tus amigos!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentarios recientes

No hay comentarios